{"id":24729,"date":"2025-11-13T17:59:15","date_gmt":"2025-11-14T00:59:15","guid":{"rendered":"https:\/\/elreporterodelacomunidad.com\/?p=24729"},"modified":"2025-11-13T17:59:21","modified_gmt":"2025-11-14T00:59:21","slug":"corte-somete-a-salinas-pliego-le-ordena-pagar-33-mil-mdp","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/elreporterodelacomunidad.com\/index.php\/2025\/11\/13\/corte-somete-a-salinas-pliego-le-ordena-pagar-33-mil-mdp\/","title":{"rendered":"Corte somete a Salinas Pliego: le ordena pagar 33 mil mdp"},"content":{"rendered":"\n<p>La SCJN adem\u00e1s mult\u00f3 a Grupo Elektra por intentar retrasar la sentencia del M\u00e1ximo Tribunal.<\/p>\n\n\n\n<p>CIUDAD DE M\u00c9XICO a 13 de noviembre de 2025 (apro).- Por unanimidad de votos el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n (SCJN) confirm\u00f3 que Grupo Elektra debe pagar un cr\u00e9dito fiscal por m\u00e1s de 33 mil millones de pesos y mult\u00f3 a la empresa por intentar retrasar la sentencia del M\u00e1ximo Tribunal.<\/p>\n\n\n\n<p>Este jueves, el Pleno de la Corte desech\u00f3 el amparo directo en revisi\u00f3n 6321\/2024 que Grupo Elektra tramit\u00f3 contra el cr\u00e9dito fiscal por 33 mil 306 millones 306 mil 476 mil 349 pesos correspondiente a los ejercicios 2014 y 2015.<\/p>\n\n\n\n<p>A propuesta del ministro Rodrigo Ar\u00edstides Guerrero, el Pleno declar\u00f3 que el caso no cumple con los requisitos establecidos por la ley para que sea revisado por el M\u00e1ximo Tribunal, por lo que debe ser desechado.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cSi bien subiste un tema de constitucionalidad, lo cierto es que carece de excepcionalidad debido a que en el recurso de revisi\u00f3n no se argument\u00f3, ni se aprecia que el Tribunal Colegiado de Circuito se hubiere apartado de los precedentes mediante los que se resuelven los aspectos de constitucionalidad planteados\u201d, se\u00f1ala el documento aprobado por el Pleno.<\/p>\n\n\n\n<p>Previo a esta discusi\u00f3n, los ministros resolvieron el impedimento 33\/2024 con el que Grupo Elektra buscaba sacar de la discusi\u00f3n a los ministros Alberto P\u00e9rez Day\u00e1n, Yasm\u00edn Esquivel Mossa y Lenia Batres Guadarrama, de dicho amparo.<\/p>\n\n\n\n<p>Para esta discusi\u00f3n las ministras Esquivel y Batres tuvieron que retirarse debido a que su imparcialidad era la que estaba siendo cuestionada, as\u00ed como Estela R\u00edos Gonz\u00e1lez a quien anteriormente el Pleno ya hab\u00eda declarado impedida para participar en este tipo de asuntos en los que se plantea un posible conflicto de inter\u00e9s de Batres Guadarrama quien anteriormente fue su subordinada en la Consejer\u00eda Jur\u00eddica de la Presidencia.<\/p>\n\n\n\n<p>El proyecto de este impedimento fue presentado por el ministro Irving Espinosa Betanzos quien, adem\u00e1s de declarar sin materia el alegato contra P\u00e9rez Day\u00e1n, por haber pasado a retiro, y desestimar los argumentos de afinidad con la 4T planteados contra Esquivel Mossa; propuso abandonar el criterio establecido por la extinta Segunda Sala de la Corte en el que Lenia Batres Guadarrama fue declarada impedida para intervenir en los litigios de Salinas Pliego por la publicaci\u00f3n, entre 2020 y 2021, de diversos comentarios en la red social Twitter, hoy X, que fueron considerados por los ahora ministros en retiro como una manifestaci\u00f3n expresa de enemistad con el empresario.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cLas expresiones atribuidas a la Ministra Batres Guadarrama son anteriores no solo al inicio de sus funciones como Ministra de la Suprema Corte, sino tambi\u00e9n al momento en que el asunto fue del conocimiento de este Tribunal Constitucional. En consecuencia, no existe elemento objetivo que permita vincular dichas manifestaciones con el ejercicio de su funci\u00f3n jurisdiccional ni con la tramitaci\u00f3n del presente juicio de amparo\u201d, se\u00f1ala el proyecto p\u00fablico.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEs claro para esta Suprema Corte que los jueces y juezas \u2014 como cualquier otra persona\u2014 gozan del derecho a la libertad de expresi\u00f3n; es cierto que esa libertad debe ser sopesada con el deber de mesura una vez que se ejerce la funci\u00f3n jurisdiccional, pero no ser\u00eda razonable aplicar ese est\u00e1ndar hacia actos del pasado. Extender el \u00e1mbito temporal del deber de mesura implicar\u00eda restringir de manera desproporcionada la libertad de pensamiento y de expresi\u00f3n de quienes, antes de su nombramiento, participaban en la vida p\u00fablica como ciudadanas y ciudadanos\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>La propuesta fue avalada por los siete integrantes del Pleno que s\u00ed pod\u00edan votar el asunto e incluso el ministro presidente Hugo Aguilar acot\u00f3 que las expresiones de la ministra Batres no ten\u00edan nada qu\u00e9 ver con los asuntos que la Corte deb\u00eda resolver.<\/p>\n\n\n\n<p>Asimismo, el Pleno orden\u00f3 multar a Grupo Elektra con 70 Unidades de Medida de Actualizaci\u00f3n, equivalentes actualmente a 7 mil 919.8 pesos, por considerar que con tantos impedimentos, recursos de reclamaci\u00f3n y ampliaciones, Grupo Elektra tuvo intenci\u00f3n de prolongar el caso para obstaculizar el dictado de las resoluciones de la Corte.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cLa parte promovente intent\u00f3 en repetidas ocasiones suspender el procedimiento con motivo de la presentaci\u00f3n de nuevos recursos, solicitud que fue negada en m\u00e1s de una ocasi\u00f3n al no estar prevista en la Ley de Amparo. Este comportamiento evidencia una intenci\u00f3n manifiesta de prolongar artificialmente el tr\u00e1mite del juicio y de obstaculizar el ejercicio regular de la funci\u00f3n jurisdiccional\u201d, se\u00f1ala el proyecto del ministro Espinosa.<\/p>\n\n\n\n<p>Este mismo jueves la Corte tiene programada la discusi\u00f3n de otros litigios que Grupo Salinas inici\u00f3 contra los cr\u00e9ditos fiscales que tiene pendientes que suman un monto total aproximado de 48 mil 326 millones 817 mil 913.8 pesos.&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La SCJN adem\u00e1s mult\u00f3 a Grupo Elektra por intentar retrasar la sentencia del M\u00e1ximo Tribunal. 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