{"id":24612,"date":"2025-11-11T18:40:39","date_gmt":"2025-11-12T01:40:39","guid":{"rendered":"https:\/\/elreporterodelacomunidad.com\/?p=24612"},"modified":"2025-11-11T18:40:46","modified_gmt":"2025-11-12T01:40:46","slug":"ministros-se-alinean-con-la-4t-y-preparan-golpe-de-mas-de-48-mil-millones-contra-grupo-salinas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/elreporterodelacomunidad.com\/index.php\/2025\/11\/11\/ministros-se-alinean-con-la-4t-y-preparan-golpe-de-mas-de-48-mil-millones-contra-grupo-salinas\/","title":{"rendered":"Ministros se alinean con la 4T y preparan golpe de m\u00e1s de 48 mil millones contra Grupo Salinas"},"content":{"rendered":"\n<p>La Suprema Corte analizar\u00e1 este jueves 13 de noviembre diversos litigios en los que se prev\u00e9 fallar en contra de las empresas propiedad de Ricardo Salinas Pliego.<\/p>\n\n\n\n<p>CIUDAD DE M\u00c9XICO a 11 de noviembre de 2025 (apro).- Este jueves la Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n (SCJN) tiene previsto discutir diversos litigios que Grupo Salinas ha planteado contra los cr\u00e9ditos fiscales que tiene pendientes y en sus propuestas, los ministros podr\u00edan propinar un golpe a las empresas propiedad de Ricardo Salinas Pliego de m\u00e1s de 48 mil millones de pesos.<\/p>\n\n\n\n<p>De acuerdo con las listas de la Corte, los ministros analizar\u00e1n el pr\u00f3ximo 13 de noviembre diversos recursos de reclamaci\u00f3n, amparos directos en revisi\u00f3n e impedimentos en los que las propuestas implican el pago de cr\u00e9ditos fiscales y multas que han sido reclamadas por el gobierno federal desde el sexenio del expresidente Andr\u00e9s Manuel L\u00f3pez Obrador y que ascienden a un monto total aproximado de 48 mil 326 millones 817 mil 913.8 pesos al fisco.<\/p>\n\n\n\n<p>AS\u00cd DISCUTIR\u00c1 LA CORTE LOS CASOS<\/p>\n\n\n\n<p>En uno de los proyectos de resoluci\u00f3n el ministro Irving Espinosa Betanzos plantear\u00e1 abandonar el criterio establecido por la extinta Segunda Sala de la Corte en el que Lenia Batres Guadarrama fue declarada impedida para intervenir en los litigios de Salinas Pliego por la publicaci\u00f3n de diversos comentarios en la red social Twitter, hoy X, que fueron considerados por los ahora ministros en retiro como una manifestaci\u00f3n expresa de enemistad con el empresario.<\/p>\n\n\n\n<p>Se trata del impedimento 33\/2024 planteado en el amparo directo en revisi\u00f3n 6321\/2024 en contra de los ministros Yasm\u00edn Esquivel, Lenia Batres y el ahora ministro en retiro Alberto P\u00e9rez Day\u00e1n.<\/p>\n\n\n\n<p>En este caso, Grupo Elektra impugn\u00f3 el cr\u00e9dito fiscal por 33 mil 306 millones 306 mil 476 mil 349 pesos, uno de los de mayor monto que tiene la empresa; el amparo le fue negado por un Tribunal Colegiado, pero impugn\u00f3 mediante un recurso de revisi\u00f3n que, al llegar a la Corte, fue turnado a P\u00e9rez Day\u00e1n para ser discutido en la extinta Segunda Sala integrada anteriormente por Batres y Esquivel.<\/p>\n\n\n\n<p>En el impedimento, el ministro Espinosa Betanzo prev\u00e9 declarar sin materia el caso con relaci\u00f3n a P\u00e9rez Day\u00e1n porque ya sali\u00f3 de la Corte, desestima los argumentos de Elektra para afirmar que la ministra Esquivel Mossa tiene conflicto de inter\u00e9s por ser af\u00edn al gobierno federal y, en el caso de Batres, pr\u00e1cticamente revoca el criterio de la extinta Segunda Sala.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cLas expresiones atribuidas a la Ministra Batres Guadarrama son anteriores no solo al inicio de sus funciones como Ministra de la Suprema Corte, sino tambi\u00e9n al momento en que el asunto fue del conocimiento de este Tribunal Constitucional. En consecuencia, no existe elemento objetivo que permita vincular dichas manifestaciones con el ejercicio de su funci\u00f3n jurisdiccional ni con la tramitaci\u00f3n del presente juicio de amparo\u201d, se\u00f1ala el proyecto p\u00fablico.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEs claro para esta Suprema Corte que los jueces y juezas \u2014 como cualquier otra persona\u2014 gozan del derecho a la libertad de expresi\u00f3n; es cierto que esa libertad debe ser sopesada con el deber de mesura una vez que se ejerce la funci\u00f3n jurisdiccional, pero no ser\u00eda razonable aplicar ese est\u00e1ndar hacia actos del pasado. Extender el \u00e1mbito temporal del deber de mesura implicar\u00eda restringir de manera desproporcionada la libertad de pensamiento y de expresi\u00f3n de quienes, antes de su nombramiento, participaban en la vida p\u00fablica como ciudadanas y ciudadanos\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Asimismo, propondr\u00e1 multar a Grupo Elektra con 70 Unidades de Medida de Actualizaci\u00f3n, equivalentes actualmente a 7 mil 919.8 pesos, por considerar que con tantos impedimentos, recursos de reclamaci\u00f3n y ampliaciones, Grupo Elektra tuvo intenci\u00f3n de prolongar los casos para obstaculizar el dictado de las resoluciones de la Corte.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cLa parte promovente intent\u00f3 en repetidas ocasiones suspender el procedimiento con motivo de la presentaci\u00f3n de nuevos recursos, solicitud que fue negada en m\u00e1s de una ocasi\u00f3n al no estar prevista en la Ley de Amparo. Este comportamiento evidencia una intenci\u00f3n manifiesta de prolongar artificialmente el tr\u00e1mite del juicio y de obstaculizar el ejercicio regular de la funci\u00f3n jurisdiccional\u201d, propondr\u00e1 el ministro Espinosa.<\/p>\n\n\n\n<p>Despu\u00e9s, el ministro Ar\u00edstides Guerrero Garc\u00eda presentar\u00e1 el proyecto del recurso de reclamaci\u00f3n 544\/2024 en el que la Secretar\u00eda de Hacienda impugn\u00f3 la decisi\u00f3n de la Corte de admitir el amparo directo en revisi\u00f3n 6321\/2024 en el que propondr\u00e1 declarar que el caso no cumple con los requisitos establecidos por la ley para que sea revisado por el M\u00e1ximo Tribunal, por lo que debe ser desechado.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cSi bien subiste un tema de constitucionalidad, lo cierto es que carece de excepcionalidad debido a que en el recurso de revisi\u00f3n no se argument\u00f3, ni se aprecia que el Tribunal Colegiado de Circuito se hubiere apartado de los precedentes mediante los que se resuelven los aspectos de constitucionalidad planteados\u201d, se\u00f1ala el documento.<\/p>\n\n\n\n<p>En consecuencia, si el proyecto es aprobado, la Corte confirmar\u00eda la obligaci\u00f3n de Elektra de pagar el cr\u00e9dito fiscal por m\u00e1s de 33 mil millones de pesos relativo al ejercicio 2023.<\/p>\n\n\n\n<p>Despu\u00e9s, el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz presentar\u00e1 un proyecto de resoluci\u00f3n del impedimento planteado por Grupo Elektra contra Batres y P\u00e9rez Day\u00e1n para que no puedan participar en la discusi\u00f3n de otro recurso de reclamaci\u00f3n planteado dentro del amparo directo en revisi\u00f3n 5654\/2024 en el que est\u00e1 en juego un cr\u00e9dito fiscal por mil 431 millones 466 mil 606 pesos.<\/p>\n\n\n\n<p>Es decir, Elektra buscaba hacer a un lado a ambos ministros en la discusi\u00f3n de un recurso de reclamaci\u00f3n en el que ni siquiera quedar\u00eda resuelto si deb\u00eda o no pagar el cr\u00e9dito fiscal.<\/p>\n\n\n\n<p>Por ello, en su proyecto, Aguilar Ortiz plantear\u00e1 aplicar la reci\u00e9n aprobada reforma a la Ley de Amparo para declarar que los impedimentos contra ministros s\u00f3lo proceden para que no puedan conocer del fondo de los asuntos y no sobre cuestiones accesorias.<\/p>\n\n\n\n<p>De este modo, el caso que Elektra mantuvo trabado en la Corte desde el a\u00f1o 2024 podr\u00e1 ser discutido definitivamente pues en la misma sesi\u00f3n la ministra Esquivel Mossa presentar\u00e1 su proyecto de resoluci\u00f3n en el que plantear\u00e1 desechar el amparo directo en revisi\u00f3n y, con ello, confirmar la obligaci\u00f3n del pago del cr\u00e9dito fiscal de m\u00e1s de mil millones de pesos correspondiente al ejercicio 2008.<\/p>\n\n\n\n<p>TRES RECURSOS DE RECLAMACI\u00d3N<\/p>\n\n\n\n<p>Posteriormente est\u00e1n programados tres recursos de reclamaci\u00f3n relacionados con este amparo en los que la ministra Esquivel plantear\u00e1 desechar los casos y as\u00ed, por una u otra raz\u00f3n, la Corte asegurar\u00e1 la confirmaci\u00f3n definitiva del cr\u00e9dito impugnado por Grupo Elektra.<\/p>\n\n\n\n<p>La misma estrategia ser\u00e1 utilizada por los ministros para confirmar el cr\u00e9dito fiscal por 2 mil 4 millones 761 mil 834 pesos correspondiente al ejercicio fiscal del 2010.<\/p>\n\n\n\n<p>Primero, la ministra Loretta Ortiz Ahlf presentar\u00e1 un proyecto para resolver el recurso de reclamaci\u00f3n planteado por Hacienda contra la decisi\u00f3n de la Corte, dictada el 5 de septiembre pasado, de admitir a tr\u00e1mite el amparo directo en revisi\u00f3n 5608\/2025 presentado por Grupo Elektra contra dicho cr\u00e9dito fiscal.<\/p>\n\n\n\n<p>La propuesta ser\u00e1 desechar y con ello confirmar la negativa del amparo solicitado por la empresa y, de igual modo, la ministra Estela R\u00edos plantear\u00e1 confirmar el cr\u00e9dito fiscal y poner fin a este litigio.<\/p>\n\n\n\n<p>Luego, Aguilar Ortiz propondr\u00e1 desechar el amparo directo en revisi\u00f3n 5145\/2025 en el que Grupo Elektra impugn\u00f3 un cr\u00e9dito fiscal por mil 603 millones 813 mil 882 pesos por concepto de ISR, actualizaci\u00f3n, recargos y multas del ejercicio 2012.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cAl resultar inoperantes los agravios hechos valer, es claro que la cuesti\u00f3n de constitucionalidad subsistente no dar\u00eda lugar a un pronunciamiento novedoso o de relevancia para el orden jur\u00eddico nacional por lo que dicho asunto es improcedente y, por consiguiente, debe desecharse\u201d, propondr\u00e1 el ministro presidente con lo que quedar\u00eda confirmada la sentencia en la que se neg\u00f3 el amparo a Grupo Elektra.<\/p>\n\n\n\n<p>Aguilar Ortiz presentar\u00e1 la misma propuesta para resolver el amparo directo en revisi\u00f3n 5731\/2025 que TV Azteca present\u00f3 contra el cr\u00e9dito fiscal de 2 mil 447 millones 748 mil 540 pesos correspondientes al ejercicio 2009.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n est\u00e1 programada la discusi\u00f3n del recurso de reclamaci\u00f3n 547\/2025 contra la admisi\u00f3n del amparo directo en revisi\u00f3n 5778\/2025 en el que Grupo Elektra impugn\u00f3 el cr\u00e9dito por 4 mil 916 millones 792 mil pesos que Hacienda determin\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<p>En este caso, la ministra R\u00edos Gonz\u00e1lez tambi\u00e9n plantear\u00e1 desechar el amparo debido a que no se fijar\u00eda un criterio novedoso.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cLa cuesti\u00f3n planteada por la contribuyente ya ha sido materia de pronunciamiento de esta Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n, por lo tanto, no se fijar\u00eda un criterio novedoso de inter\u00e9s en el orden jur\u00eddico nacional. En consecuencia, por las razones expuestas en el cuerpo de la presente sentencia, lo procedente es declarar fundado el presente recurso de reclamaci\u00f3n y revocar el acuerdo recurrido, sin necesidad de analizar los restantes agravios planteados por la autoridad aqu\u00ed recurrente, pues ello no variar\u00eda el sentido de lo resuelto\u201d, plantear\u00e1.<\/p>\n\n\n\n<p>Otro cr\u00e9dito fiscal que se prev\u00e9 sea confirmado es el de 2 mil 615 millones 750 mil 783 pesos correspondiente al ejercicio fiscal de 2013 y que fue impugnado por TV Azteca pues Hacienda impugn\u00f3 la decisi\u00f3n del amparo directo en revisi\u00f3n en la Corte y la ministra Ortiz Ahlf propondr\u00e1 darle la raz\u00f3n al gobierno federal.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEs evidente la improcedencia del amparo directo en revisi\u00f3n 6293\/2025 ante la ausencia de excepcionalidad por lo que corresponde declarar fundados los recursos de reclamaci\u00f3n de las autoridades terceras interesadas. 56. En m\u00e9rito de lo expuesto, este Tribunal Pleno concluye que los agravios formulados por las autoridades terceras interesadas resultan fundados, al evidenciar que el acuerdo impugnado (dictado por Hugo) careci\u00f3 de la debida motivaci\u00f3n respecto a la actualizaci\u00f3n del inter\u00e9s excepcional exigido por el art\u00edculo 107, fracci\u00f3n IX, constitucional\u201d, se\u00f1ala el proyecto.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cAl haberse determinado que el amparo directo en revisi\u00f3n no re\u00fane los elementos que justifiquen su conocimiento por esta Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n, procede declarar fundado el recurso de reclamaci\u00f3n interpuesto por las autoridades recurrentes y revocar el acuerdo impugnado, en el sentido de desechar el amparo directo en revisi\u00f3n 6293\/2025\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>De igual manera, ser\u00e1 resuelto el amparo directo en revisi\u00f3n 5654\/2024 en el que Grupo Elektra estar\u00eda obligada a pagar mil 431 millones 466 mil 606 pesos por el cr\u00e9dito que mantiene pendiente del ejercicio 2008.<\/p>\n\n\n\n<p>Finalmente, la Corte dejar\u00e1 pendiente la resoluci\u00f3n del amparo directo en revisi\u00f3n 3842\/2024 en el que Nueva Elektra del Milenio impugn\u00f3 una multa por 67 millones 165 mil 827 pesos que le fue impuesta por declarar una p\u00e9rdida fiscal mayor a la que realmente sufri\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<p>El caso est\u00e1 en la ponencia de la ministra Lenia Batres, quien debe esperar a que la nueva conformaci\u00f3n de la Corte revoque el impedimento que la extinta Segunda Sala declar\u00f3 procedente en marzo de este a\u00f1o por los tuits que public\u00f3 contra Ricardo Salinas Pliego.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Suprema Corte analizar\u00e1 este jueves 13 de noviembre diversos litigios en los que se prev\u00e9 fallar en contra de las empresas propiedad de Ricardo Salinas Pliego. 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