Incluye castigar a los delincuentes que extorsionan a través de redes sociales, cualquier plataforma de internet, uso de celulares con números internacionales, incluso el uso de inteligencia artificial.
Ciudad de México a 20 de noviembre de 2025.- Durante la discusión del dictamen advirtió sobre las necesidades que requería la nueva Ley para combatir la extorsión que no estaban contempladas en el proyecto y derivado de estas propuestas hechas por el Senador por Sonora Iván Jaimes Archundia, el Senado de la República aprobó modificaciones al proyecto de dictamen para expedir la Ley de combate a la extorsión que se realice en redes sociales, plataformas de internet, uso de equipos celulares con ladas de otros países, en razón de que estos criminales no tienen fronteras, ya que el uso llamadas internacionales provenientes de otros paises que se ha vuelto frecuente en los últimos tiempos en Mexico.
En su exposición, Iván Jaimes precisó que el delito de extorsión ha crecido, en México, de los 20 años para acá mil 600 %. Y si se pone en esa consideración de cifra, de 10 años para acá ha crecido 500 % el delito de extorsión.
“Yo voy a favor de esta iniciativa por la que se expide la ley para combatir la extorsión; sin embargo, creo que el tema aún no está suficientemente abordado ni agotado, porque me parece que todavía hay mucho por normar, hay mucho por reglamentar en materia de extorsión”, apuntó.
En ese contexto Jaimes Archundia llamó la atención de ir más allá en el dictamen y no solo establecer los procedimientos y tecnologías de inhibición de entrada y salida de llamadas de telefonía celular y de radiocomunicación sino de prohibir y castigar el uso de estos aparatos al interior de los penales.
¿Entonces estamos dando por asentado que se van a permitir los celulares dentro de los centros penitenciarios?, cuestionó Jaimes Archundia.
El dictamen final estableció una pena de hasta 12 años de prisión utilice redes sociales, plataformas de internet de cualquier tipo, hagan uso de perfiles falsos con el propósito de extorsionar o coaccionar a las victimas con el propósito de obtener un beneficio.
Así mismo a quien utilice dispositivos, medios, servicios o plataformas a través de los cuales se pueda realizar la emisión, transmisión o recepción de signos, señales, escritos, imágenes, voz, datos, sonidos o información de cualquier naturaleza que se efectué a través de hilos, radioelectricidad, medios ópticos, físicos, sistemas electromagnéticos o cualquier otro medio electrónico.
Jaimes Archundia sugirió dar un paso adelante en temas de delito en el ciberespacio y que en el dictamen propuesto no venían contemplados de manera clara y especifica.
Esto implicará reforzar la prohibición de la introducción o uso de dispositivos electrónicos o componente que permita la transmisión de datos, voz, geolocalización o imágenes mediante telefonía fija o móvil, radiofrecuencia satelital, Internet o tecnología análoga.
¿Qué va a pasar cuando alguien, detrás de una red social, comience a hacer la extorsión y no podemos identificarla por el uso de estas tecnologías?, preguntó el legislador sonorense.
¿Qué va a pasar cuando la extorsión venga de otros países o de otras entidades en el mundo?
¿Cómo vamos a proceder en esos protocolos para decir oye me están llamando todo el tiempo de Turquía?, cuestionó.
En ese sentido se modificó el Articulo 17 para precisar que se aumentarán las penas por extorsión cuando se empleen dispositivos, medios, servicios o plataformas a través de los cuales se pueda realizar la emisión, transmisión o recepción de signos, señales, escritos, imágenes, voz, datos, sonidos o información de cualquier naturaleza.
El proyecto de decreto para expedir la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en Materia de Extorsión y modificar otros cinco ordenamientos fue aprobado por unanimidad.
Incluye uniformar, homologar y armonizar las definiciones de ese delito, las conductas agravantes, las conductas vinculadas, las sanciones, los estándares y protocolos para su investigación.
El dictamen que también modifica el Código Penal Federal, el Código Nacional de Procedimientos Penales, la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, la Ley Nacional de Extinción de Dominio y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.



























